Grooming y sexting
El grooming es un tipo de ciberacoso que es llevado a cabo por una persona adulta sobre un menor de edad y que puede derivar en un abuso sexual.
Las técnicas más habituales implican convencer a la o el menor para que faciliten imágenes pornográficas, estableciéndose una fase de búsqueda de confianza.
Posteriormente, dichas imágenes pueden ser utilizadas para extorsionar y amenazar a la o el menor, pidiéndole cada vez más imágenes con la amenaza de difundirlas en caso de que no siga facilitándolas.
Estas acciones pueden derivar también en que la persona abusadora intente concertar una cita con el o la menor utilizando las mismas estrategias.
¿Qué puedo hacer ante un caso grooming?
La comunicación con las y los menores, sobre temáticas como los riesgos de Internet o las páginas que visitan, es esencial para que confíen en contar sus problemas a las personas de círculos cercanos. Junto a la educación afectivo-sexual, constituye el mejor mecanismo de prevención para evitar esta amenaza.
Establecer una buena comunicación también será útil en caso de que no se haya podido evitar el grooming, e incluso ayudará a detectarlo: cambios en el estado de ánimo, en el rendimiento escolar, su relación con otras personas o sus pasatiempos son algunos de los indicadores de que puede estar ocurriendo una situación de grooming.
Para afrontar esta situación, es recomendable:
• Brindar apoyo y contención a la víctima, evitando generar un sentimiento de culpa o vergüenza.
• Reunir toda la información posible sobre la persona que ha cometido el acoso (conversaciones, imágenes, vídeos) y realizar una denuncia ante las autoridades.
• No es aconsejable enfrentarse al acosador o la acosadora, ni tampoco denunciar su cuenta de modo público, dado que podría cerrar su cuenta o bloquearla, haciendo más difícil su localización. A su vez, es importante pensar que, desde otra cuenta, esta persona podría seguir acosando a otras víctimas.
• También es importante cambiar las claves de las redes sociales en caso de que el acosador o la acosadora hubiera conseguido acceso, revisar los ajustes de privacidad y dialogar con el o la menor para que no confíe en personas desconocidas.
Debemos estar muy pendientes como sociedad para evitar el grooming y tomar medidas preventivas y educativas, así como saber cómo actuar ante un caso de este tipo.
Sexting
El sexting se puede definir a grandes rasgos como el envío de textos, imágenes o vídeos con contenido erótico personal.
Imagina la siguiente situación...
Sara y Juan se conocieron recientemente mientras pasaban las vacaciones en Bilbao. Enseguida conectaron y pasaron las mejores semanas de sus vidas. Se habían enamorado, pero las vacaciones llegaron a su fin.
Sara volvió a Madrid y Juan a Barcelona. Ambos continuaron con sus rutinas y trabajos, aunque siempre se hacían algunos minutos para conversar.
Estaban muy felices de que la tecnología les permitiera mantenerse en contacto y cada día pasaban más tiempo frente al móvil. Un día, después de intercambiar muchos comentarios, Juan le pidió a Sara que le enviase alguna foto o vídeo íntimo.
Al principio a Sara le dio vergüenza la petición de realizar sexting, pero después de meditarlo, pensó que en el fondo no tenía nada de malo. Juan le parecía una buena persona y confiaba mucho en él. A partir de ese momento, empezaron a intercambiar fotos íntimas. Aún así, Sara siempre le pedía a Juan que después de verlas las borrase de su dispositivo.
Meses después, algo pasó. En una red social de alto contenido sexual aparecieron colgadas las fotografías de Sara. Alguien las había visto y reconocido a la joven. Sara estaba desesperada ya que muchas personas, incluso su familia y sus colegas del trabajo, podrían ver esas fotos. Muy decepcionada, la joven le pidió explicaciones a Juan, que sorprendido juraba que él no había sido quien publicó las imágenes. Sara no le creyó porque solo él las tenía.
Juan no entendía nada. Realmente él había custodiado las fotos. Sin embargo, recordó que unos días antes había conectado su móvil al ordenador de una librería para hacer algunas impresiones para el trabajo. Ese día también que se había conectado a una wifi gratuita para hablar con Sara, ya que no tenía datos en el teléfono.
Era evidente que alguien había pirateado su teléfono y colgado las fotos en la página web. Juan ahora sabe dónde estuvo su error pero eso no soluciona que las imágenes sigan publicadas.
En la actualidad, muchas personas conocen a su pareja a través de webs y aplicaciones, mientras que otras utilizan la tecnología para mantener conversaciones y conductas privadas. En ocasiones, prácticas como el sexting se deben a una presión por parte de la pareja o la necesidad de impresionar o reforzar el autoestima, mientras que otras veces se hace por diversión.
En cualquier caso, siempre que compartas información privada o sensible a través de tus dispositivos, aunque sea con personas de confianza, debes ser consciente de que no existe una garantía de que esa información no termine siendo filtrada o generando una situación de acoso.
Las consecuencias de la difusión pública de este tipo de contenidos pueden generar un sentimiento de humillación en la persona que aparece en las imágenes, así como afectar su autoestima derivada de la presión social. Esto, además, suele ir acompañado de un sentimiento de indefensión o incluso de culpa.
En ocasiones las personas comparten contenidos íntimos por llamar la atención, como prueba de afecto o como broma. El problema es que esas imágenes pueden ser usadas por otras personas para acosarla o extorsionarla, dando lugar a la sextorsión.
¿Qué hacer ante la sextorsión o la filtración de imágenes privadas?
En caso de ser víctima de extorsión o haber sufrido la exposición de fotografías o vídeos íntimos en Internet, la solución siempre se basa en almacenar las pruebas y dar aviso inmediato a las autoridades.
Resulta especialmente útil guardar capturas de pantalla de conversaciones, fotografías, vídeos o cualquier dato sobre la persona que realiza la amenaza o el sitio donde se han publicado las imágenes. Si las imágenes están colgadas en un sitio web, también se puede enviar una solicitud al mismo para que sean retiradas.
En caso de un chantaje, no se debe pagar a quien realiza la extorsión, dado que esto solo contribuye a potenciar las estafas y no da garantía de que las imágenes no terminen publicándose de todos modos.
En conclusión, siempre es mejor mantener la calma y realizar una denuncia, así como procurar adoptar los cuidados para que este tipo de situaciones no vuelvan a repetirse.
Muchas personas, especialmente adolescentes, comparten información, datos e imágenes de forma poco premeditada. Debemos ser conscientes de la importancia que tienen nuestros actos, así como poner límites éticos al uso de las redes.
Un caso de sexting mediático
En 2012, la exconcejala Olvido Hormigos saltó a las noticias por ser víctima de la difusión de un vídeo íntimo que había enviado a un hombre que no era su marido. Este caso quedó impune, pero se convirtió en un punto de inflexión para poner el foco en los límites de la privacidad, el honor y la difusión de documentos de carácter personal íntimo.
La repercusión mediática fue fundamental para cambiar la ley ante este tipo de delitos, de modo que se pueden prevenir daños irreparables en la imagen de las víctimas e incluso en su salud mental que le lleven al suicidio ante la presión social y moral a la que se ven sometidas tras la difusión de estas fotografías, conversaciones o vídeos eróticos.
En 2015 se modificó el Código Penal considerando estos actos como un delito atendiendo a la gravedad de difundir de manera no autorizada imágenes íntimas, aun si previamente se habían remitido dichas imágenes con el consentimiento de la persona afectada.
Aún así, la modificación del Código-Penal no previno el suicidio de una trabajadora de la empresa CNH Industrial Pegaso-Iveco en 2019, cuando un compañero de trabajo con quien tuvo una relación sentimental difundió un vídeo íntimo que rápidamente se propagó por la empresa.
Estas situaciones de acoso se ven amplificadas no sólo con el uso de la tecnología, sino de cómo las personas hacen uso de ella ante una situación de vulnerabilidad de la intimidad.
Lectura facilitada
Grooming
Definición El grooming es un tipo de ciberacoso en el que un adulto acosa a un menor de edad, potencialmente derivando en abuso sexual.
Técnicas Comunes
- Ganar la confianza del menor.
- Obtener imágenes pornográficas del menor.
- Extorsionar al menor con la amenaza de difundir las imágenes obtenidas, exigiendo más material o intentado concertar una cita.
Prevención y Actuación
- Comunicación: Hablar con los menores sobre los riesgos de Internet y las páginas que visitan.
- Educación afectivo-sexual: Fundamental para la prevención.
- Detección: Cambios en el estado de ánimo, rendimiento escolar y relaciones sociales pueden ser indicadores.
- Acciones recomendadas:
- Apoyar y contener a la víctima, evitando culpa o vergüenza.
- Reunir pruebas y denunciar a las autoridades.
- No enfrentar ni denunciar públicamente al acosador.
- Cambiar claves de redes sociales y revisar ajustes de privacidad.
Sexting
Definición El sexting implica el envío de textos, imágenes o vídeos con contenido erótico personal.
Ejemplo Sara y Juan comenzaron a intercambiar fotos íntimas, pero las fotos de Sara fueron publicadas sin su consentimiento debido a un hackeo del teléfono de Juan.
Consecuencias La difusión pública de contenido íntimo puede causar humillación, baja autoestima, indefensión y culpa en la víctima.
Sextorsión El uso de imágenes íntimas para acosar o extorsionar a la víctima.
Acciones recomendadas ante sextorsión o filtración
- Guardar pruebas: Capturas de pantalla, conversaciones y datos sobre el acosador.
- Denunciar: Avisar a las autoridades y solicitar la retirada de imágenes en sitios web.
- No pagar: No pagar al extorsionador, ya que no garantiza que las imágenes no se publiquen.
Consideraciones Adicionales Es crucial entender la importancia de nuestros actos y establecer límites éticos en el uso de redes sociales.
Casos Mediáticos
Olvido Hormigos (2012) Exconcejala víctima de la difusión de un vídeo íntimo, su caso impulsó cambios legales sobre la privacidad y difusión de documentos personales.
Modificación del Código Penal (2015) Se tipificaron como delito la difusión no autorizada de imágenes íntimas.
Suicidio en CNH Industrial Pegaso-Iveco (2019) Una trabajadora se suicidó tras la difusión de un vídeo íntimo. El caso evidenció la necesidad de un uso responsable de la tecnología y la vulnerabilidad de la intimidad.